Género X: ¿Cómo se debe tramitar el nuevo DNI para identidades no binarias?

A través de un decreto presidencial, en nuestro país se reconoció el derecho a las personas que no se sienten identificadas con el género masculino o femenino para que accedan a una tercera categoría no binaria. No necesitás iniciar ningún proceso judicial y debés realizar el trámite ante el registro civil de tu jurisdicción. Si tenés algún problema para acceder a este derecho podés consultar a la defensa pública.

La decisión presidencial tiene como objetivo reconocer la identidad de género de aquellas personas que no se identifican como varones o mujeres. Esto resulta independiente del sexo que se hubiera determinado al nacer y en los documentos y partidas que se tengan.

El trámite no es judicial, sino administrativo, por ello concurrí a la sede del registro civil que te corresponda por domicilio y solicitá un nuevo ejemplar de tu documento de identidad.

Cuando lo recibas, en el espacio denominado “sexo”, figurará una “X”, en lugar de la “M” o “F”, únicas opciones posibles hasta el momento. Cabe señalar, que a partir de la Ley 26.743 denominada como Ley de Identidad de Género desde 2012 se reconoce el derecho a que las personas sean identificadas y tratadas de acuerdo a su vivencia interna e individual respecto de su género. Y el antecedente es que se brindaba la posibilidad de cambiar el sexo asignado al nacer dentro de las opciones binarias hombre/mujer.

Es necesario aclarar que, tal como dispone la Constitución Nacional, el mismo derecho a acceder a los DNI no binarios está garantizado tanto para los argentinas/os nativos/as y naturalizadas/os, como así también para los documentos emitidos en Argentina respecto de personas nacidas en otros países.

¿Cómo podemos ayudarte?

Si tuviste o tenés algún inconveniente en el trámite podemos ayudarte. Acercate al Centro de Atención de la Defensa Pública (CADEP) o la defensoría descentralizada que corresponda por tu domicilio para recibir asesoramiento. También podés consultar en la Oficina de Atención a las Personas del Poder Judicial más cercana a tu hogar.

Identidad de género

A partir del 2012 todas las personas tienen el derecho a que se reconozca su identidad de género, al libre desarrollo de esa identidad y a se que les trate de acuerdo a ella.

Tal como se especifica en la ley, los requisitos para acceder a este derecho no requieren bajo ningún aspecto "acreditar intervención quirúrgica por reasignación genital total o parcial, ni acreditar terapias hormonales u otro tratamiento psicológico o médico".

¿Qué pasa con los pasaportes?

El propio decreto 476/2021 advierte que existen países que no aceptan una denominación por fuera de los géneros binarios. En consecuencia, ordena a los agentes de los Registros Civiles y de Capacidad de las Personas de nuestro país el deber de informar sobre la posibilidad de que quienes solicitan el nuevo documento vean restringido el derecho a ingresar a determinados países.

Esto está vinculado a normas de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) a las cuales Argentina ha adherido y a que si bien algunos países, como Bangladesh, Pakistan y Nepal ya cuentan con este reconocimiento, otros Estados no han receptado la posibilidad de emitir documentos de viajes no binarios.

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